Si tienes una maleta perdida con Ryanair, estás protegido por las mismas normas que cualquier pasajero de una aerolínea europea. Rellena el parte en el aeropuerto y reclama por escrito dentro de plazo. Aquí tienes los pasos; el marco general está en nuestra guía de maleta perdida.
Ryanair es una aerolínea europea con licencia de otro Estado miembro, y eso no te deja con menos derechos. El Convenio de Montreal y la normativa de la Unión se aplican igual. En esta guía te damos un orden claro de pasos, una lista de lo que tienes que guardar y los plazos que corren. Si algo se tuerce, en CIMA y Asociados podemos revisar tu caso.
Qué hacer si tienes una maleta perdida con Ryanair
Los primeros minutos en el aeropuerto
Cuando la cinta se para y tu maleta no ha salido, no salgas de la sala de recogida. Busca el mostrador de equipajes que atiende a la compañía en ese aeropuerto. Allí rellenarás el PIR, el parte de irregularidad de equipaje.
Pide copia del PIR y apunta el número de expediente. Con él podrás seguir la búsqueda y demostrar después que avisaste en el momento. Salir sin ese papel complica mucho cualquier reclamación posterior.
La lista de lo que debes guardar
Antes de irte, comprueba que tienes estos documentos:
- La tarjeta de embarque, impresa o en el móvil.
- La etiqueta o resguardo del equipaje facturado.
- La copia del PIR con su número de expediente.
- Fotos de la maleta, si llegó dañada.
- Los tiques de lo que compres mientras esperas.
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Cada caso depende de sus circunstancias y de lo que resuelva el tribunal. Esta cifra es la de ese asunto concreto, no una previsión de resultado.
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Plazos y normas que se aplican a tu equipaje
Qué ley protege tu maleta
La norma principal es el Convenio de Montreal de 1999, en vigor en España desde el 28 de junio de 2004. El Reglamento (CE) 2027/97, modificado por el Reglamento (CE) 889/2002, lo aplica a las compañías aéreas comunitarias. Así, tu maleta perdida con Ryanair queda protegida en vuelos nacionales e internacionales.
Con el equipaje facturado, la aerolínea responde si la pérdida o el daño ocurrió a bordo o bajo su custodia. Con el equipaje de mano, solo responde si hubo culpa suya o de su personal.
¿Sabías que...?
Si la aerolínea admite la pérdida, o si tu maleta no ha llegado 21 días después de la fecha en que debería haber llegado, puedes reclamarla como perdida. A partir de ahí, lo que se reclama ya no son solo los gastos de la espera, sino el valor del equipaje.
La protesta por escrito y sus plazos
El artículo 31 del Convenio de Montreal publicado en el BOE exige una protesta por escrito. Son 7 días desde la entrega si hubo daño y 21 días si hubo retraso. Ojo a una diferencia que se confunde mucho: esos plazos son para la maleta que llega dañada o con retraso. Si la maleta no aparece nunca, el artículo 31 no exige esa protesta; lo que dice el artículo 17.3 es que, si la aerolínea admite la pérdida, o si la maleta no ha llegado 21 días después de la fecha en que debería haber llegado, puedes reclamarla como perdida y pedir su valor. Aun así, pon el parte (PIR) cuanto antes y consérvalo: es lo que prueba qué pasó y cuándo.
Si no la presentas a tiempo, podrías perder el derecho a reclamar, salvo fraude de la aerolínea. Envíala por un canal que deje constancia y guarda el justificante. Todo el recorrido de la reclamación de equipaje extraviado lo tienes en nuestra guía principal.
Qué puedes reclamar por una maleta perdida con Ryanair
El límite y la prueba del contenido
El artículo 22 del Convenio de Montreal limita la responsabilidad a 1.519 DEG por pasajero. El DEG es la unidad de cuenta del Fondo Monetario Internacional y su valor en euros cambia a diario; en un juicio, la conversión se hace con el valor del DEG en la fecha de la sentencia (artículo 23.1 del Convenio). Es un techo: cobrarás lo que puedas acreditar.
Haz una lista de cada objeto con su valor y respáldala con facturas, extractos o fotos. Si quieres ver cómo se calcula cada partida, lo explicamos en la guía sobre la indemnización por maleta perdida.
Si la compañía no responde
AESA no tiene competencia sobre reclamaciones de equipaje. Si la aerolínea no contesta o rechaza tu reclamación, la vía es la judicial, ante el Tribunal de Instancia; como la maleta se reclama por el Convenio de Montreal, hay que examinar si corresponde a su Sección de lo Mercantil, que conoce del derecho aéreo (artículo 87.6.a de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
Desde el 3 de abril de 2025, antes de demandar por la vía civil hay que haber intentado resolver el asunto por las buenas (Ley Orgánica 1/2025), y la reclamación escrita que tú mismo enviaste a la aerolínea ya cumple ese requisito: no hace falta mediador ni pagar nada. Eso sí, en esa reclamación tienes que dejar escritos todos los conceptos que luego vayas a pedir en el juzgado, porque lo que se negocia y lo que se lleva al pleito tienen que ser el mismo asunto (artículo 5.1); lo que sí puede cambiar después es cuánto pides, no de qué: si además vas a reclamar la compensación del vuelo o los daños que te causó el retraso, déjalo escrito también ahí.
Lo que sí hay que hacer es adjuntar a la demanda el documento que acredite ese intento, porque sin él la demanda se inadmite. Guarda por eso el justificante de envío y la respuesta.
Ese intento tiene además su propio reloj, distinto del plazo para demandar del que hablamos más abajo: con ese mismo intento, la demanda hay que presentarla dentro del año siguiente a la fecha en que la aerolínea recibió tu reclamación si no te contestó —o, si llegasteis a negociar, desde que esa negociación terminó sin acuerdo— (artículo 7.3). Si se te pasa ese año no pierdes tu derecho: basta con repetir la reclamación antes de acudir al juzgado, y ese año vuelve a empezar.
Y hay dos salidas que la propia ley recoge y que aquí vienen al caso, porque Ryanair vuela con licencia de otro país de la Unión: si reclamas por el proceso europeo de escasa cuantía o por el requerimiento europeo de pago, ese intento previo no hace falta (artículo 5.3 de la misma ley).
Si tu vuelo era internacional, el Convenio de Montreal permite elegir, entre otras opciones, el tribunal del lugar de destino. En un vuelo puramente nacional, dentro de España y sin escala convenida en otro país, esa lista de juzgados del Convenio no rige y la competencia se decide por las reglas españolas, así que conviene consultarlo antes de presentar nada.
Para demandar, en un vuelo internacional el artículo 35 del Convenio da dos años, contados desde la llegada a destino, la llegada prevista o la interrupción del transporte. En un vuelo nacional con una compañía europea cuenta ese mismo plazo de dos años: el Reglamento (CE) 2027/97 lleva a esos vuelos las reglas de responsabilidad del Convenio, y con ellas ese artículo 35. Si en tu viaje también volaste con otra compañía, consulta la guía sobre maletas perdidas con Iberia.
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Lo que casi nadie reclama por su maleta, y la ley permite pedir
Lo que pide todo el mundo: el valor de la maleta y de su contenido.
Lo que además permite pedir la ley: los mismos hechos suelen dar pie a otras partidas que se quedan sin reclamar.
- Los gastos del tiempo sin equipaje: el artículo 19 del Convenio de Montreal cubre el daño por retraso del equipaje, como la ropa y el aseo comprados durante la espera.
- La compensación por el vuelo: si llegaste con tres horas o más de retraso, o el vuelo se canceló sin avisarte con la antelación que marca la norma (dos semanas, o menos si te ofrecen un vuelo alternativo en unos márgenes muy justos), el artículo 7 del Reglamento (CE) 261/2004 prevé 250, 400 o 600 euros según la distancia, salvo que la compañía pruebe dos cosas a la vez: que hubo una circunstancia extraordinaria y que no habría podido evitarla con todas las medidas razonables a su alcance.
- Los daños por tu propio retraso: el artículo 19 del Convenio también cubre el daño del pasajero que llega tarde, como una reserva perdida.
Por qué se piden juntas: nacen del mismo vuelo y se prueban con los mismos papeles. Según el artículo 12 del Reglamento 261/2004, su compensación podrá deducirse de la indemnización complementaria; lo aprecia el tribunal en cada caso.
Qué hay que probar de más: los tiques de cada gasto, la hora real de llegada y el perjuicio concreto que te causó el retraso.
Qué puedes hacer tú solo y para qué necesitas un abogado
Lo que puedes hacer por tu cuenta
- Rellenar el PIR antes de salir: en el mostrador de equipajes del aeropuerto, con copia y número de expediente.
- Guardar tarjeta de embarque y etiqueta: son la prueba de que facturaste ese equipaje en ese vuelo.
- Presentar la protesta escrita: 7 días si hubo daño y 21 si hubo retraso, por un medio que deje constancia.
- Guardar los tiques de la espera: ropa, aseo y cargadores, con fecha y lugar de compra.
- Preparar la lista del contenido: cada objeto con su valor y las facturas o fotos que lo acrediten.
Cuándo conviene que lo lleve un abogado
- No hay respuesta o hay un rechazo: sin la vía de AESA, el siguiente paso es la demanda.
- La oferta es inferior a lo acreditado: valorar si compensa aceptarla exige conocer el límite y la prueba.
- La cuantía supera los 2.000 euros: por encima de esa cifra, el juicio exige abogado y procurador.
- Hay varias partidas a la vez: equipaje, retraso y daños propios siguen normas y plazos distintos.
- Los plazos se acercan: el plazo de dos años para demandar es de caducidad y no se interrumpe con reclamaciones a la compañía, y el intento de acuerdo previo tiene su propio año desde que la aerolínea recibe tu reclamación o, si llegasteis a negociar, desde que esa negociación terminó sin acuerdo.
Si ya diste los primeros pasos y la reclamación se ha quedado parada, podemos retomarla desde ahí. En CIMA y Asociados revisamos tus documentos y te decimos con claridad qué se puede pedir.
Conclusión
Una maleta perdida con Ryanair se reclama con las mismas reglas que en cualquier aerolínea europea. Lo que marca la diferencia es el orden: el PIR en el aeropuerto, la protesta escrita a tiempo y la prueba del contenido.
Como AESA no tramita equipajes, si la compañía no paga la salida es judicial. Para demandar tienes dos años, tanto si el vuelo era internacional como si era nacional con una compañía europea.
Si te has atascado en algún paso, estudiamos tu caso sin compromiso.
Preguntas frecuentes sobre la maleta perdida con Ryanair
¿Qué hago si Ryanair no me entrega la maleta?
Acude al mostrador de equipajes antes de salir de la sala de recogida y rellena el PIR. Pide copia con el número de expediente y guarda la tarjeta de embarque y la etiqueta. Después, presenta una protesta por escrito a la compañía lo antes posible.
¿Tengo menos derechos por volar con una aerolínea de bajo coste?
No. El Convenio de Montreal y el Reglamento europeo se aplican igual a todas las compañías aéreas comunitarias. El límite de responsabilidad y los plazos de reclamación son los mismos que en cualquier otra aerolínea europea.
¿Cuánto puedo reclamar por el equipaje perdido?
El límite es de 1.519 DEG por pasajero. Lo que cobres dependerá del valor que puedas acreditar. Con una declaración especial de valor al facturar, el límite sube hasta la suma declarada.
¿Puedo reclamar lo que compré mientras esperaba?
Sí, aunque no es automático: el artículo 19 del Convenio de Montreal deja a la aerolínea la salida de probar que ella y su personal adoptaron todas las medidas razonablemente necesarias para evitar el daño, o que les fue imposible adoptarlas. Esa salida existe solo para el retraso: si la maleta aparece rota o no aparece nunca, la compañía responde igualmente. Puedes reclamar los gastos necesarios y razonables, como ropa o artículos de aseo. Guarda cada tique y relaciónalo con la falta de la maleta. Y ten en cuenta que esos gastos no van aparte: salen del mismo límite de 1.519 DEG por pasajero.
¿Dónde puedo demandar si la aerolínea no paga?
Ante el Tribunal de Instancia; como es una reclamación del Convenio de Montreal, hay que examinar si corresponde a su Sección de lo Mercantil (artículo 87.6.a de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Si tu vuelo era internacional, el Convenio de Montreal permite elegir, entre otros, el tribunal del domicilio de la aerolínea o el del lugar de destino; en un vuelo puramente nacional esa lista no rige y la competencia se decide por las reglas españolas. AESA no tramita reclamaciones de equipaje.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
La protesta escrita debe presentarse en 7 días si hubo daño y en 21 días si hubo retraso. Para demandar, el Convenio da dos años. En un vuelo nacional cuenta también ese plazo: el Reglamento (CE) 2027/97 lleva las reglas de responsabilidad del Convenio a las compañías europeas también dentro de un mismo país, y con ellas el plazo de dos años del artículo 35. Los cinco años del Código Civil son el reloj de la compensación del Reglamento 261/2004, no el de la maleta: si te fías de ellos, llegas tarde y ya no hay vuelta atrás.
¿Tu vuelo se retrasó? Esto es lo que se pide
En un minuto te explicamos qué se puede pedir cuando un vuelo llega tarde y cómo lo tramitamos. Muchas veces el retraso y la maleta perdida van de la mano. Si a ti te ha pasado algo parecido, cuéntanos tu caso y en CIMA y Asociados valoramos qué se puede reclamar.