Si tu maleta llega dañada, se pierde o se retrasa, el convenio de Montreal para el equipaje es la norma que fija cuánto puede indemnizarte la aerolínea. Sus límites son distintos de la compensación por retraso o cancelación que regula el reglamento europeo de derechos del pasajero, y conviene no confundirlos.
En CIMA y Asociados llevamos reclamaciones de equipaje facturado y de mano ante aerolíneas, y ante la vía judicial cuando es necesario. Valoramos junto a ti si el importe que ofrece la compañía se ajusta a lo que permite reclamar la normativa. Actuar con orden desde el primer momento en el aeropuerto suele marcar la diferencia entre cobrar lo que corresponde y quedarte con una respuesta insuficiente.
Qué cubre el Convenio de Montreal en materia de equipaje
Equipaje facturado y equipaje de mano: no es lo mismo
El Convenio de Montreal regula de forma distinta el equipaje facturado y el equipaje de mano. Del equipaje facturado responde la aerolínea si la destrucción, la pérdida o la avería se produjo a bordo o bajo su custodia. Normalmente no tienes que demostrar cómo ocurrió el daño.
Del equipaje de mano, en cambio, la aerolínea solo responde si el daño se debió a su culpa o a la de sus empleados. Si el golpe o la rotura fue por un manejo tuyo, no hay indemnización. Por eso conviene fijarte en cómo se guarda cada bulto durante el vuelo.
Cuándo puede eximirse la aerolínea
La aerolínea puede quedar exonerada, total o parcialmente, si prueba que tu propia culpa o negligencia causó o contribuyó al daño. Fuera de ese supuesto, la responsabilidad por el equipaje facturado es prácticamente automática mientras estuvo bajo su custodia.
Para el retraso en la entrega, la norma es distinta. La aerolínea responde salvo que demuestre que ella y sus dependientes adoptaron todas las medidas razonables para evitarlo, o que les fue imposible adoptarlas.
Cuánto indemniza el Convenio de Montreal por tu equipaje
El límite del Convenio de Montreal para el equipaje: 1.519 DEG
Desde el 28 de diciembre de 2024, el límite por destrucción, pérdida, avería o retraso del equipaje facturado es de 1.519 DEG por pasajero. El DEG es la unidad de cuenta del FMI y su valor en euros cambia a diario; en un juicio, la conversión se hace con el valor del DEG en la fecha de la sentencia. Es la cuarta revisión quinquenal de la OACI, publicada en el BOE (BOE-A-2025-3872), y sustituye a los 1.288 DEG vigentes desde 2019.
Ese límite se aplica al conjunto del equipaje de cada pasajero, sea uno o varios bultos. Si viajas con objetos de más valor, puedes hacer una declaración especial de valor al facturar, pagando una tarifa suplementaria. En ese caso, la aerolínea debe indemnizar hasta la cantidad declarada, salvo que demuestre que es superior a tu interés real en la entrega.
¿Sabías que...?
El límite de indemnización por equipaje ha subido en cada revisión quinquenal de la OACI: 1.000 DEG en 1999, 1.131 DEG en 2009, 1.288 DEG en 2019 y 1.519 DEG desde el 28 de diciembre de 2024. En algo menos de 25 años el importe ha crecido más de un 50 %.
Qué pasa si tu equipaje llega con retraso
España ratificó el Convenio de Montreal mediante el instrumento publicado en el BOE. Dentro del mismo límite de 1.519 DEG, la aerolínea debe cubrir los gastos necesarios y razonables que tengas mientras recuperas tu maleta. Hablamos de ropa, artículos de aseo y otros gastos de primera necesidad, siempre con tickets que lo justifiquen.
Si la aerolínea admite la pérdida, o si tu equipaje no ha llegado 21 días después de la fecha en que debería haber llegado, puedes reclamarlo como perdido. Es una opción tuya, no algo automático. En ese caso puedes pedir la indemnización por el valor del contenido, dentro del mismo límite, salvo que hubieras hecho antes la declaración especial de valor.
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Un pasajero de un vuelo operado por Vueling vio cómo la aerolínea no respetaba sus derechos. Decidió reclamar, y el caso acabó en una condena judicial que obligó a la compañía a indemnizarle. Si a ti te ha pasado algo parecido, cuéntanos tu caso y en CIMA y Asociados valoramos qué se puede reclamar.
Cada caso depende de sus circunstancias y de lo que resuelva el tribunal. Esta cifra es la de este asunto concreto, no una previsión de resultado.
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Cómo reclamar tu equipaje paso a paso
El plazo de protesta: 7 días por daño, 21 por retraso
Para reclamar el equipaje al amparo del Convenio de Montreal hay que moverse rápido. Si tu maleta llega dañada, tienes 7 días desde la entrega para protestar por escrito. Si llega retrasada, el plazo sube a 21 días desde que se puso a tu disposición.
Si no formulas la protesta dentro de esos plazos, en principio no podrás ejercitar ninguna acción, salvo que exista fraude por parte de la aerolínea. Por eso conviene rellenar el PIR, el parte de irregularidad de equipaje, en el mismo mostrador del aeropuerto.
Por qué AESA no puede ayudarte con el equipaje
AESA sí interviene en los retrasos, las cancelaciones y la denegación de embarque. Pero la Agencia Estatal de Seguridad Aérea no tiene competencia sobre las reclamaciones de equipaje. Si ya conoces el plazo para reclamar un vuelo retrasado, ten en cuenta que el del equipaje va por otra vía.
Cuando la aerolínea rechaza tu reclamación o no contesta, la vía que queda es la judicial. Hoy los juzgados son Tribunales de Instancia con Secciones. Lo que se reclama solo por el Reglamento 261/2004 va a la Sección Civil; cuando hay daños del Convenio de Montreal, como los del equipaje, hay que examinar si corresponde a la Sección de lo Mercantil, que conoce del derecho aéreo (art. 87.6.a de la Ley Orgánica del Poder Judicial). El artículo 33.1 del Convenio te permite demandar ante el tribunal del domicilio de la aerolínea, el de su oficina principal, el de la oficina donde contrataste el billete o el del lugar de destino.
Lo que casi nadie reclama, y la ley permite pedir
Lo que pide todo el mundo: casi todos los pasajeros se limitan a reclamar el valor del contenido de la maleta perdida o dañada, dentro del límite de 1.519 DEG.
Lo que además permite pedir la ley: el Convenio de Montreal y el Reglamento 261/2004 dejan margen para pedir algo más, si tu caso lo justifica.
- Los gastos de primera necesidad del retraso: ropa, aseo y otros gastos razonables mientras esperas tu equipaje. Están amparados por el artículo 19 del Convenio de Montreal, no solo el valor de lo perdido.
- La compensación del Reglamento 261/2004 del mismo vuelo: si además tu vuelo se canceló o llegó con un gran retraso, entra en juego la compensación económica que regula el reglamento europeo de compensación a pasajeros. Es compatible con la indemnización del equipaje, según confirmó el TJUE en la sentencia Nelson (asuntos C-581/10 y C-629/10): son dos regímenes distintos, con finalidades distintas. Solo decae si la aerolínea acredita circunstancias extraordinarias del vuelo que no pudo evitar.
Por qué se piden juntas: son los mismos hechos y prácticamente el mismo esfuerzo de reclamación. Pedir solo el valor de la maleta y olvidar los gastos de primera necesidad deja dinero sin reclamar. Lo mismo pasa si no revisas si el vuelo también dio derecho a compensación.
Qué hay que probar de más: los tickets de las compras de primera necesidad. Si se acumula la compensación del vuelo, hacen falta además los datos de ese retraso o cancelación, como la hora real de llegada. Sin esos justificantes, la reclamación se queda en el valor básico del equipaje.
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Condena a Vueling a pagar 1.500 € a un pasajero por vulnerar sus derechos. Si a ti te ha pasado algo parecido, cuéntanos tu caso y en CIMA y Asociados valoramos qué se puede reclamar.
Cada caso depende de sus circunstancias y de lo que resuelva el tribunal. Esta cifra es la de ese asunto concreto, no una previsión de resultado.
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Qué puedes hacer tú solo y para qué necesitas un abogado
Lo que puedes hacer por tu cuenta
- Rellena el PIR en el aeropuerto: antes de salir de la zona de llegadas, acude al mostrador de la aerolínea. Pide que registren el parte de irregularidad de equipaje.
- Reclama por escrito dentro de plazo: 7 días si el equipaje llegó dañado, 21 días si llegó retrasado, por correo o por el formulario de la propia aerolínea.
- Guarda los tickets de primera necesidad: si compraste ropa o artículos de aseo mientras esperabas tu maleta, conserva todas las facturas.
- Fotografía el daño y haz un inventario: si el equipaje llega roto o se pierde, documenta su estado o su contenido con fotos y una lista.
- Reúne toda la documentación del viaje: billete, tarjeta de embarque, localizador y el propio PIR, para adjuntarlos a la reclamación.
Cuándo conviene que lo lleve un abogado
- La aerolínea rechaza tu reclamación o no contesta: AESA no tiene competencia sobre el equipaje, así que el siguiente paso es directamente la vía judicial.
- El valor del contenido supera el límite de 1.519 DEG: hay que valorar bien qué se puede argumentar y cómo se sustenta esa cuantía.
- Hay dudas sobre el tribunal competente o el plazo aplicable: el Convenio de Montreal da varias opciones de jurisdicción. Y fija un plazo de caducidad de 2 años que conviene no dejar pasar.
- Tu vuelo también sufrió cancelación o gran retraso: acumular la indemnización del equipaje con la compensación del Reglamento 261/2004 exige revisar dos normativas a la vez.
Si te quedas a mitad de camino en cualquiera de estos pasos, en CIMA y Asociados podemos retomarlo desde ese punto exacto. No tendrás que empezar de nuevo ni repetir gestiones ya hechas.
El convenio de Montreal para el equipaje protege tu maleta con un límite de 1.519 DEG, tanto si se pierde, se daña o se retrasa. Además te obliga a moverte dentro de plazos cortos: 7 días para protestar por un daño, 21 días para el retraso.
A diferencia de otros derechos del pasajero, aquí AESA no interviene. Si la aerolínea no responde bien, el camino es reclamar por escrito. Y, si es necesario, acudir a los tribunales dentro del plazo de dos años que marca el artículo 35 del Convenio.
Cada caso depende de sus circunstancias y de la documentación que puedas aportar. Si tu equipaje ha sufrido un daño, un retraso o una pérdida, puedes contarnos qué ha pasado, y valoramos contigo qué margen de reclamación tienes.
Preguntas frecuentes sobre convenio de Montreal para el equipaje
¿Cuánto puede indemnizarme la aerolínea por mi maleta perdida?
El límite general es de 1.519 DEG por pasajero. El DEG es la unidad de cuenta del FMI y su valor en euros cambia a diario. Si hubieras hecho una declaración especial de valor al facturar, podría llegar hasta la cantidad declarada.
¿Qué plazo tengo para reclamar si mi equipaje llega dañado?
Tienes 7 días desde la entrega para protestar por escrito ante la aerolínea. Si dejas pasar ese plazo, en principio no podrás ejercitar ninguna acción, salvo que exista fraude por parte de la compañía.
¿Y si mi equipaje llega con retraso en vez de perdido?
El plazo para protestar sube a 21 días desde que el equipaje se puso a tu disposición. La aerolínea debe cubrir, dentro del límite de 1.519 DEG, los gastos razonables que tuvieras mientras lo recuperabas, con tickets que lo acrediten.
¿Puedo reclamar mi equipaje perdido ante AESA?
No. AESA tiene competencia sobre retrasos, cancelaciones, denegación de embarque, cambio de clase y movilidad reducida. No la tiene sobre equipaje: ahí la vía es la aerolínea y, si no responde bien, los tribunales.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar judicialmente por mi equipaje?
El artículo 35 del Convenio de Montreal fija un plazo de dos años. Se extingue por caducidad y no se interrumpe por el simple hecho de reclamar. Cuenta desde la llegada a destino, desde la fecha en que debería haber llegado, o desde que se detuvo el transporte.
¿Qué documentación necesito para reclamar mi equipaje?
Necesitas el PIR (parte de irregularidad de equipaje), el billete y la tarjeta de embarque. Añade fotos del daño si lo hay, un inventario si se ha perdido, y los tickets de los gastos de primera necesidad si hubo retraso.
¿Tu vuelo se retrasó? Esto es lo que se pide
Te explicamos en un minuto qué se puede pedir cuando un vuelo llega tarde y cómo lo tramitamos. Si a ti te ha pasado algo parecido, cuéntanos tu caso y en CIMA y Asociados valoramos qué se puede reclamar.